Al terminar la conquista sólo existía la clase de los vencedores, o sea los hidalgos, soldados y encomenderos y la de los vencidos, o sea el pueblo indígena. Pronto, por táctica y aun por conveniencia, los españoles reconocieron a las antiguas autoridades incaicas y aimaras dándoles los mismos privilegios que tenían los españoles nobles. Así subsistieron bajo la tutela española los incas principales, los caciques regionales, los mandones etc.; todos ellos eran objeto de atenciones y se les rendía homenaje al igual que a los españoles.
Los reyes de españa Fernando e Isabel conociendo de la existencia de nuevos territorios se apresuraron a legalizar su posesión, que ya se había hecho efectiva por la ocupación de Colón y sus compañeros. Para el efecto solicitaron del Papa la autoridad máxima terrenal y espiritual de aquel entonces, un título de posesión.
El Papa, Alejandro VI, dió su respuesta favorable a dicha petición de los soberanos españoles, dándoles posesión de las nuevas tierras "a perpetuidad para ellos y sus descendientes", a condición de que enviaran hombres instruidos y temerosos de Dios para evangelizar a los naturales.
Esta posesión fue concedida por Bula Papal de 3 de mayo de 1493 titulada "Inter Coetera", confirmada por la "Eximias" del 4 de mayo y de las de septiembre y octubre del mismo año. En 1508 se dieron otras Bulas Similares.